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La Ordenanza se publicó en una edición extra de la D.O.U el 29/07/2020 CC-PR/MJSP/ MINFRA/MS NÚM. 1, que permitía a los extranjeros entrar en Brasil por vía aérea. Las fronteras de carreteras y vías fluviales permanecen cerradas durante al menos otros 30 días.
La medida, además de fomentar el turismo, ayuda a las aerolíneas nacionales e internacionales a reanudar la programación de vuelos hacia/desde Brasil.
El texto enfatiza que los pasajeros deben cumplir con los requisitos de inmigración adecuados a su condición, y aquellos que estén en un viaje de corta duración al país (hasta 90 días), deben presentar a la aerolínea un comprobante de la compra de un seguro médico válido en Brasil y con cobertura durante todo el período del viaje a la aerolínea antes de embarcar.
Según la ordenanza, los aeropuertos ubicados en los estados de Mato Grosso do Sul, Paraíba, Rondônia, Rio Grande do Sul y Tocantins tienen prohibido temporalmente recibir vuelos internacionales (como punto de llegada a Brasil).
En caso de dudas, RPZ Advogados cuenta con un equipo especializado en asuntos de aviación.